El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió este jueves el recurso contencioso electoral introducido por el primer mandatario Nicolás Maduro que busca dirimir la controversia en torno a los resultados de la elecciones presidenciales realizadas el 28 de julio (28J).
La presidenta de la Alta Corte, Caryslia Rodríguez, citó a los10 excandidatos que participaron en la consulta con la finalidad de que aporten información sobre las actas y recaudos entregados a los testigos de las toldas políticas que los respaldaron.
La máxima instancia judicial convocó a comparecer este viernes a las 2;00 pm a: Nicolás Maduro, Edmundo González Urrutia, Antonio Ecarri, Benjamín Rausseo, Luis Eduardo Martínez, Enrique Márquez, Claudio Fermín, Daniel Ceballos, Javier Bertucci y José Brito. Los abanderados políticos deberán presentarse ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
Maduro introdujo el pasado miércoles el recurso contencioso y solicitó un peritaje en torno al conteo de votos. El mismo permitiría precisar la veracidad de las cifras divulgadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) que otorgaron el triunfo al mandatario con 52% de los sufragios.
El Comando de Campaña del candidato de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Edmundo González publicó las actas de más de 80% de las mesas electorales habilitadas para la consulta, asegurando que el abanderado opositor fue el ganador de la contienda con siete millones 119 mil 768 votos (67%), contra tres millones 225 mil 819 votos (30%) obtenidos por Maduro.
La magistrada Rodríguez señaló que el Poder Judicial estaba comprometida con la paz, la democracia y el orden, y busca garantizar que la voluntad de los electores se respete.
Hasta la fecha el Consejo Nacional Electoral (CNE) no ha entregado ni publicado los resultados totales y detallados mesa por mesa de la consulta del pasado domingo.
Por su parte, el abogado constitucionalista y jefe de la delegación de la Plataforma Unitaria en la Mesa de Negociación con el Gobierno, Gerardo Blyde, objetó la solicitud de revisión, señalando que la misma no tiene sentido, ni sustento jurídico.
“Un recurso contencioso electoral tiene como único objeto impugnar actuaciones o actos del CNE. ¿Qué impugnó Maduro? ¿Su propia acta de proclamación? El TSJ no tiene ninguna competencia para suplir la obligación que tenía el CNE de cumplir con la totalización antes de proclamar (a Maduro)”, indicó Blyde a través de la red social X.
Mientras, la también abogada y presidenta del partido Encuentro Ciudadano, Delsa Solorzano, señaló que el recurso que interpuso el jefe de Estado ante el TSJ “carece de sentido jurídico” ya que el CNE no ha publicado las actas de la consulta ni ha emitido un boletín definitivo del 100% de los resultados electorales.
Caracas / Rodolfo Baptista