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Aumento de la UT en 1900 % afectará pagos del Islr y tributos de “contribuyentes especiales”

abril 29, 2022
Pago del Impuesto Sobre la Renta lo realizarán quienes ganen más de Bs 400 al año/ Foto: Archivo

El Ejecutivo nacional dio luz verde al esperado incremento en el valor de la Unidad Tributaria (UT), la cual pasará de Bs 0,02 a Bs 0,40, esto es, un alza de 1.900 %.

La medida fue publicada en la Gaceta Oficial número 42.359 con fecha del 20 de abril de 2022.

En la resolución 000023 del Ministerio de Economía, Finanzas y Comercio Exterior se apunta que la UT solo podrá ser utilizada como “unidad de medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat)”.

En el artículo 3 del texto se agrega que para los tributos de liquidación anual aplicará el valor de la UT vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo, mientras que para los periodos distintos, el valor vigente será el de la UT en vigor al inicio del ejercicio gravado.

¿Cómo afecta a los contribuyentes?

Está norma afectará en primer momento el pago del Impuesto Sobre la Renta (Islr) y los desembolsos requeridos a los llamados “contribuyentes especiales”.

En los últimos tiempos, la UT ha dejado de ser la referencia para cobro de algunas tasas y servicios que ahora se rigen por el Petro, moneda digital creada por el Ejecutivo y que se rige por la fluctuación del dólar. Uno de estos casos es el pago por Pasaportes y renovaciones.

De cualquier modo, si tendrá su impacto para las personas naturales y jurídicas. Para el más reciente pago del Islr -que finalizó en marzo- estaban obligados a declarar todos aquellos trabajadores que bajo la relación de dependencia ganaran más de 1 mil unidades tributarias anuales o fuera de relación de dependencia, por cuenta propia, percibieran 1.500 unidades tributarias. De esta forma, el pago anual del Islr afectaba a aquellos que devengaran entre Bs 20 y Bs 30 al año.

Con la nueva resolución que ubica la UT en Bs 0,40, estaría obligado a declarar todo aquel que, bajo la relación de dependencia, gane al menos Bs 400 al año y fuera de relación de dependencia perciba más de Bs 600.

De igual forma, la medida afectará a quienes sean categorizados como “contribuyentes especiales” en la Ley Impuestos a las Grandes Transacciones Financieras (Igtf). Estos últimos serían las personas naturales que supere las 7 mil 500 UT de ingresos brutos anuales en su última declaración anual (Bs 3 mil al nuevo valor de la Unidad), y todo aquel negocio que haya registrado ingresos brutos mayores a 3 mil UT (Bs 1 mil 200) en el último año fiscal. Según la última modificación de la Ley de febrero pasado, estas figuras “especiales” pagan 2% de Igtf.

Por otro lado, el incremento de 1.900 % en la UT, afectará también a los llamados Sujetos Pasivos Especiales, que según la Ley, son los comercios que tendrán la obligación de cobrar impuestos a los pagos en dólares y criptomonedas a sus clientes.

Los Sujetos Pasivos Especiales son aquellos agentes que registren un mínimo de 30 mil UT en el ejercicio fiscal precedente, es decir, con el nuevo ajuste, el monto se elevará a Bs 12 mil o $ 2 mil 690 al año.

Caracas / Rodolfo Baptista 

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