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Cecodap exige al TSJ que pasaportes a menores de 18 años sean gratuitos

junio 7, 2023
Carlos Trapani, coordinador de Cecodap, sostuvo que la situación se agravó en el 2018 cuando el incremento de la tasa llegó a 2200% / Foto: Tal Cual

La identificación a los niños, niñas y adolescentes es un derecho que no se cumple en Venezuela. Por esa razón Cecodap denunció este miércoles 7 de junio que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) cerró el caso en el que la organización, desde hace ocho años, solicita la gratuidad de los pasaportes a personas menores de 18 años.

Durante una rueda de prensa ofrecida este miércoles 7 de junio, Carlos Trapani, abogado y coordinador de Cecodap, explicó que, en el año 2014, la Ley de Timbres Fiscales eliminó un párrafo que exoneraba a los niños, niñas y adolescentes (NNA) y adultos mayores del pago de tasas en expedición, renovación y emisión de pasaportes. Es por eso que, desde 2015, Cecodap solicitó al TSJ una revisión del caso. Sin embargo, el 28 de abril de 2023, el TSJ dictó por sentencia el cierre del caso, alegando que hubo pérdida del interés procesal y abandono del trámite.

«Es necesario recordar que el recurso de colisión se encontraba en fase de sentencia de acuerdo con lo indicado por el propio Juzgado de Sustanciación de la Sala Constitucional, por lo que no puede alegarse un decaimiento y pérdida de interés procesal cuando el acto procesal siguiente que depende exclusivamente del Poder Judicial», precisó Trapani.

Sostuvo que la situación se agravó en 2018, cuando después de la reconversión, la tasa de pago se incrementó 2200%, por lo que el procedimiento se encareció de una manera «exagerada», generando así un proceso de exclusión para aquellos niños y niñas cuyas familias no pueden pagar dicho monto.

Recordó que estas dinámicas también afectan al resto de venezolanos.

«Después la tasa se ancló al petro por lo que hacerle el seguimiento a cuánto es el pago por la tasa que pagan los niños es muy difícil por las fluctuaciones que tiene el petro», dijo Trapani. «Había un incremento importante, significativo, que genera exclusión, discriminación y al final el servicio se privatizó por vía de hecho, lo que viola el principio de gratuidad que la Lopnna (Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente) establece», agregó.

El abogado subrayó que dicha ley viola el artículo 22 de la Lopnna que dice que “todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad, de conformidad con la ley. El Estado debe asegurar programas o medidas dirigidos a garantizar la determinación de identidad de todos los niños, niñas y adolescentes, incluidos el nombre, la nacionalidad y las relaciones familiares”.

Afirmó que el Estado debe garantizar este derecho porque «en la Lopnna no hay excepciones» e insistió en que «un niño sin documentos de identidad no existe jurídicamente», lo que lo expone a situaciones como estar en situación de apatridia en otros países, trata de personas, explotación o secuestro.

Caracas / Tal Cual

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