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Obrero mató una baba que se coló en preescolar en Carúpano

mayo 26, 2023
La baba se localizó en el jardín del CEI Tío Pedro / Foto: Otto Irazabal

La apacible mañana de juegos en el parque del Centro de Educación Inicial (CEI) Tío Pedro, en la parroquia Santa Teresa de Bermúdez, se vio perturbada el pasado miércoles 24 de mayo, cuando los niños comenzaron a gritar, alertando que en el jardín había “un cocodrilo”.

En su inocencia, los pequeños no sabían que se trataba de un Caimán cocodrilus o “caimán de anteojos”, un reptil carnívoro, que mora en pantanos y aguas dulces, y puede encontrase en América Central y en el noroeste de América del Sur.

En Venezuela, la baba o caimán de anteojos se distribuye a lo largo y ancho del país, exceptuando las zonas montañosas. Existen dos subespecies, Caimán c. crocodylus, habitante de los llanos y al sur del Orinoco, y C. c. fuscus: la babilla de los zulianos, que habita la hoya del Lago de Maracaibo.

Pero la gran pregunta que se hicieron muchas personas era cómo había llegado el animal al jardín de juegos del preescolar, que enseguida fue desalojado por los maestros y vecinos, ante la agresividad del reptil, que presumiblemente, debido a los gritos y al escándalo se enfureció y golpeaba la cola contra la cerca de alfajor de la institución.

Fue entonces que un obrero, en medio de la reacción de terror en la institución buscó un machete y mató a la baba.

Opinioned

Nuevamente, se pone en evidencia un grave problema relacionado con la conservación y el respeto al resto de las especies por parte del ser humano.

De acuerdo al relato de una vecina que no quiso identificarse, la baba era la mascota de otro vecino de la zona, que se había escapado hacía tres días.

Al parecer, el animal buscaba una fuente de agua para refrescarse ante el inclemente calor de los últimos días y al encontrarse con seres extraños actuó de acuerdo a su naturaleza.

La Ley Penal del Ambiente, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.913 de fecha 2 de mayo de 2012, establece sobre la Propagación de especies, en su artículo 82: “La persona natural o jurídica que sin permiso de la autoridad competente o infringiendo las normas sobre la materia, introduzca, utilice o propague en el territorio de la República especies vegetales, animales o agentes biológicos o bioquímicos capaces de alterar significativamente a las poblaciones animales o vegetales o de poner en peligro su existencia, será sancionada con prisión de uno a tres años o multa de un mil unidades tributarias (1.000 U.T.) a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.)”.

Se trata de una disposición que prohíbe expresamente, la movilización de especies de sus hábitats naturales, pero además, se trata de un tema de sentido común, porque sencillamente un animal salvaje no puede ser retenido como mascota.

Ya en la década pasada, un vecino de Playa Grande soltó una pareja de babas en la zona de la salina y ésta se llenó de los animales que se reprodujeron.

Sin embargo, pese a los esfuerzos de funcionarios de Ambiente para capturarlas y devolverlas a su hábitat natural, la misma gente se los fue comiendo.

Carúpano / Cecilia Lárez

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