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Código Orgánico Tributario contempla condenas de hasta siete años de prisión para infractores

febrero 12, 2020
Hasta siete años de cárcel podrían pagar las personas que incurran en delitos tributarios / Foto: Reporte Confidencial

El Diario La Mañana informó el miércoles que el nuevo Código Orgánico Tributario (COT) establece condenas que van desde seis meses hasta siete años de prisión, de acuerdo con el tipo de delito en el que sin incurra.

Según Banca y Negocios el nuevo artículado fue aprobado por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) de acuerdo al grado de participación que tenga un individuo en los llamados delitos fiscales.

El artículo 118 del COT apunta que los ilícitos tributarios penales son: la defraudación tributaria, la falta de enteramiento de anticipos por parte de los agentes de retención o percepción, la insolvencia fraudulenta con fines tributarios, la instigación pública al incumplimiento de la normativa tributaria y la divulgación y uso de la información confidencial.

Más castigos

Entre las penas establecidas por el COT se encuentran: prisión, multa, comiso y destrucción de los efectos materiales objeto del ilícito o utilizados para cometerlo, clausura temporal del establecimiento o áreas del mismo, inhabilitación para el ejercicio de oficios y profesiones, y suspensión o revocación de la autorización de industrias o expendios.

La cárcel está contemplada en el artículo 118 del COT, en el que se destaca el tiempo de permanencia en prisión que depende de la gravedad de cada fechoría. La aprhensión se evitará si el infractor cancela su deuda de forma rápida.

"En los casos de los ilícitos sancionados con penas restrictivas de libertad a los que se refieren los numerales 1, 2, 3 de este artículo, la acción penal se extinguirá si el infractor admite los hechos y paga dentro el lapso de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución, el monto total de la obligación tributaria, sus accesorios y sanciones, aumentadas en quinientos por ciento (500%). Este beneficio no procederá en los casos de reincidencia en los términos establecidos en este Código".

Coro / La Mañana / Redacción Web

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