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El Tiempo Informando al Pueblo Oriental

Politólogo sucrense llamó a la Asamblea Nacional a declarar la falta absoluta en la Presidencia

julio 29, 2026
El abogado y político Jesús Castillo cree que están dadas las condiciones para declarar la falta absoluta en la Presidencia / Foto: Otto Irazábal

El politólogo, periodista y profesor universitario, Jesús Castillo, señaló que ante la situación política que vive el país, con autoridades interinas y una indefinición de fechas sobre la renovación de autoridades, se impone una acción desde la Asamblea Nacional (AN), que subsane las omisiones que se han venido manifestando en torno al ejercicio de la Presidencia de la República y declare la falta absoluta en el cargo.

Castillo, quien es dirigente del Movimiento al Socialismo (MAS) en el estado Sucre, declaró que la Constitución establece un límite para el interinato. “A partir de allí se debe declarar la falta absoluta. De lo contrario, el Parlamento entra en una situación de omisión legislativa”.

La falta de acción, explicó, acarrea sanciones desde el punto de vista de la administración pública, porque, porque se violentaría la continuidad administrativa.

El también abogado, detalló que el artículo 234 de la Carta Magna establece de manera bastante precisa que hay dos tipos de prórroga. La primera prórroga de 90 días, para garantizar que ante la ausencia temporal de la primera autoridad de la República, pueda ser suplida y no se genere un vacío de poder.

La segunda prórroga, explicó, de 90 días adicionales que se cumplen de forma consecutiva. En ese caso, debe continuar en el poder el vicepresidente o la vicepresidenta Ejecutiva “El problema es que existe un principio básico en el derecho constitucional.¿Y entonces qué viene después? ¿Qué es lo que debe ocurrir? La Constitución es muy taxativa porque te da los 90 días, después los 90 días más. Se puede como Asamblea Nacional, con 180 días, declarar la falta absoluta”.

Destacó que hay un principio en el derecho, “el abandono del cargo”, que puede ser voluntario y no voluntario. “O sea, la voluntad del cargo”.

Principio

Ante el panorama, cree que la falta de estas acciones violenta el artículo 5 de la Constitución, en su principio básico, que es el voto soberano, que contiene el pacto social. “El Parlamento puede rectificar su decisión, admitir la omisión legislativa y convocar a una nueva sesión parlamentaria para declarar la falta absoluta. Esa causal que estableció el Tribunal Supremo necesita la Constitución”.

Llamó a respetar la soberanía popular para que pueda haber una especie de acuerdo político, que genere a su vez una transición, un acuerdo de los factores para poder establecer el parámetro para escoger nuevas autoridades.

Sucre / Yumelys Díaz

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