miércoles
, 18 de diciembre de 2024
El Tiempo Informando al Pueblo Oriental

Fetranzoátegui: poder de compra del salario de un trabajador es de apenas 1,45%

enero 13, 2023
Yovanny Yaguaracuto aseguró que la directiva de Fetranzoátegui vigente es la que se eligió en el 2014 / Foto: Archivo

El presidente de la Federación de Trabajadores del estado Anzoátegui (Fetranzoátegui), Tito Barrero, aseguró que ante la hiperinflación, dolarización de la economía y bajos sueldos el poder adquisitivo de los asalariados de la administración pública es de apenas 1,45%.

 “El dólar criminal impulsado por el gobierno, a través del Banco Central de Venezuela (BCV), viene destruyendo el salario diariamente con un costo de la canasta alimentaria de Bs 8 mil 911 mensual, lo que representa a $474. Ante esto, el poder de compra de un trabajador activo, jubilado y pensionado es de apenas 1,45%, lo que representa una pérdida del poder de compra de 98,55%”, expresó Barrero.

Explicó que nada más al comparar el monto que percibe diariamente un empleado con la medición que realiza el Banco Mundial, ya puede afirmarse que vive en pobreza extrema.

“Siendo el salario mínimo de un trabajador Bs 130 mensuales, equivalente a $7, es decir, 0,23 céntimos de dólares diarios,  ya entramos en el rango de pobreza extrema, pues esta empieza a regir cuando el ingreso es menor a $1,90 diario”, señaló el dirigente.

Desempleo

En el caso de Anzoátegui, manifestó que los trabajadores no deben pagar las consecuencias de la destrucción del aparato productivo, puesto que entre los años 1999 y 2021, 19 empresas fueron expropiadas y 268 cerraron sus puertas generando desempleo.

“Venezuela en estos momentos tiene tres récord Guinness: el salario más bajo del mundo, la inflación más alta del mundo y el desempleo más alto del mundo. Por eso solicitamos que el gobierno congele el aumento diario del dólar criminal del BCV hasta la recuperación de la pérdida del poder de compra. Así como también, solicitamos la dolarización del salario de acuerdo al valor actual de la canasta alimentaria, tal como lo establece los artículos 80 y 91 de la Constitución”, resaltó Barrero.

Barcelona / Elisa Gómez

 ET 

 ÚLTIMAS NOTICIAS

El Tiempo crossmenu linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram