"Hemos observado cómo en varias ordenanzas que se han dictado en virtud de la Ley de Armonización no se está respetando una alícuota que aparece en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Estamos viendo que el tributo municipal que se está cobrando en la actividad secundaria en la venta de alimentos (mayoristas y minoristas) está llegando a 2% y 2.5% y esto viola principios constitucionales".
La aseveración fue hecha por Pedro Bellorín, abogado experto en derecho tributario, quien estuvo en Anaco con motivo del directorio regional ampliado que realizó recientemente la Federación de Cámaras de Comercio y Producción de Venezuela (Fedecámaras). Explicó que según la Ley Orgánica del Poder Público Municipal vigente, la actividad secundaria está sometida al tributo de 1% y si no se cumple esta norma hay un aumento exponencial de los alimentos.
"Hay que hacer un esfuerzo por mantener el precio de los alimentos en niveles razonables por la situación que estamos viviendo. No podemos dejar que la estructura de costo de los alimentos se nos vaya de las manos porque es una situación muy delicada ", advirtió.
Bellorín destacó que este trabajo de análisis y revisión lo han estado realizando a través de un observatorio en el estado Anzoátegui.
"En estos casos hay varios entes a los que podemos acudir. Primero, a la opinión pública; segundo, a los concejos municipales; tercero, a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y, cuarto, a la Asamblea Nacional (AN), indicó.
Anaco / Danela Luces