En una especie de guerra declarada entre poderes públicos desde que la oposición ganó la mayoría de la Asamblea Nacional (AN) en 2015, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) no dio tregua durante el año que está por terminar.
Al inicio de 2017 (11 de enero), declaró nulas todas las sesiones del parlamento desde su instalación el 5 de enero de 2016 y con ello desconoció a la nueva directiva encabezada por el diputado (PJ) Julio Borges. A partir de allí el alto Tribunal no pisó el freno y dictó polémicas sentencias una tras otra.
La lista incluye los fallos 155 y 156 -que dejan sin efecto la inmunidad parlamentaria y habilitaron al presidente Nicolás Maduro para que legislara y bloqueara por completo a la AN-; el antejuicio de mérito contra la fiscal general, Luisa Ortega Díaz; el blindaje del proceso de Constituyente; la destitución, condena a prisión e inhabilitación de alcaldes opositores; y la negación de un recurso a la ONG Cedodap para que el Ejecutivo garantice medicamentos a la población infantil.
Para unos, la cabeza del Poder Judicial actuó apegada a derecho en resguardo de la Constitución frente a intentos de la oposición por desestabilizar y sacar al jefe de Estado de Miraflores. Para otros, el TSJ concretó el golpe judicial para mantener a Maduro en el poder a toda costa.
“Un TSJ, que debe ser garantista de los derechos de los venezolanos, ha procedido de forma represiva para dar más y más poder al Presidente de la República. En Venezuela tenemos a un TSJ plegado completamente al poder político, ya en 2016 no había dudas del golpe judicial al ir contra un poder electo por el pueblo como lo es la AN, porque ganó la oposición; y en 2017 se consolidó como el brazo ejecutor de lo que ya declaramos como una dictadura”, sostuvo la abogada constitucionalista Laura Louza.
El también profesional del Derecho Enrique Sánchez Falcón fue tajante al afirmar que la falta de independencia en el Poder Judicial y el uso de la justicia con fines políticos llevó al país a “dejar de ser un Estado de Derecho de forma definitiva” este año, para convertirse en un “Estado despótico” sin Carta Magna.
Hilo constitucional
“Considero un deber histórico ineludible (…) referirme a las recientes decisiones signadas con los números 155 y 156 de la Sala Constitucional (SC) del TSJ. En dichas sentencias se evidencian varias violaciones del orden constitucional y desconocimiento del modelo de Estado consagrado en nuestra Constitución, lo que constituye una ruptura del orden constitucional”.
Con esas declaraciones Ortega Díaz sorprendió a propios y extraños el 30 de marzo de este año, marcando su distanciamiento del Ejecutivo. Y es que la gravedad del fallo 155 del 28 de marzo de 2017 consistió en dejar prácticamente sin efecto la inmunidad parlamentaria, al señalar que la prerrogativa no existiría en casos de ilícitos constitucionales y penales flagrantes. Aunado a ello y de nuevo invocando el desacato de la AN, el TSJ habilitó al primer mandatario para que legislara en cualquier área mediante el uso del Estado de Excepción decretado desde inicios de 2016.
El fallo 156 (29 de marzo de 2017) remató al dejar la puerta abierta para que la Sala Constitucional (SC) del máximo tribunal asumiera competencias del parlamento mientras durara el supuesto desacato. Esto, al autorizar al Ejecutivo para constituir empresas mixtas en materia de hidrocarburos sin autorización del legislativo.
En medio del escándalo nacional e internacional, el TSJ emitió las sentencias 157 y 158 el 1 de abril de 2017, a través de su SC que suprimía los puntos más polémicas de los fallos 155 y 156, pero los expertos advirtieron que la AN ha seguido siendo considerada en desacato y por lo tanto anulada.
Una muestra, según Louza, fue lo que ocurrió con la designación por parte del legislativo de 33 nuevos magistrados del alto tribunal, el 21 de julio, y la persecución que llevó a la detención de uno de ellos (Ángel Zerpa) y el exilio de al menos 15.
Otro ejemplo, agrega la también directora de la ONG Acceso a la Justicia, es la usurpación de funciones por parte de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) una vez que se instaló y que la ha llevado a aprobar el presupuesto nacional, entre otros actos ilegales.
“La gravedad de las sentencias 155 y 156 que implicaban la destrucción del sistema republicano y representativo se palpó luego con los cuatro meses de protestas contra el Gobierno que dichas decisiones desataron con saldo de más de 100 muertes y que se profundizaron con la convocatoria a la ANC”, apuntó Sánchez Falcón.
El vicepresidente del Frente Nacional Bolivariano de Abogados, Reyes Ruiz defendió el desempeño del Poder Judicial que, a su juicio, asumió las atribuciones que le da el artículo 336 de la Carta Magna a la SC para proteger el cumplimiento de la Constitución de las omisiones del poder legislativo declarado en desacato.
“El desacato no fue un invento del Gobierno ni del TSJ. La AN cae en él por tomar decisiones que no le competían como la juramentación de los diputados de Amazonas antes de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) hiciera una revisión de su elección (…) la AN interfirió en una potestad del ente comicial. Ante esta situación el máximo tribunal asumió su responsabilidad y actuó ajustado a derecho”, aseguró.
Caracas / Deisy Martínez